Lunes 11 de Junio de 2018, aproximadamente 8 de la noche y uno recién volviendo a casa después de una agotadora jornada, víctima del cansancio pero con el deseo de compartir unos momentos con mis pequeños hijos decidí hacer una pequeña parada para comprar un café y evitar caer rápidamente en los “brazos de Morfeo”. Al bajar de mi vehículo una señorita de uniforme celeste y plomo e identificada con fotocheck de la Municipalidad de San Borja se me acerca y me indica que debo pagar por el parqueo. Casi instintivamente le pregunte el porqué, pues vivo a la espalda de la cafetería, normalmente me estaciono ahí y siempre soy breve pues sé que con el tiempo de parqueo no se juega o la grúa tu auto se lleva. Fue entonces que la señorita en mención me indica que debería revisar las ordenanzas N°585 y N°590 del municipio y que ahí podría absolver mis dudas; también me lanzo un salvavidas “vecinos sanborjinos cuentan con dos horas de parqueo libres”.
Cómo les había comentado, por la hora y mi cansancio me limité a mostrar mi DNI con mi dirección en el distrito; y procedí a ir a comprar mi café. Comprensiblemente, la cafeína surtió efecto y, luego de que mis hijos fueran a dormir, decidí revisar las mentadas ordenanzas, revisar sus alcances y si estas eran complementarias. Efectivamente, la ordenanza N°585 indica cuáles son los lugares dentro del distrito en los cuales se deberá pagar por parqueo, indicando la tasa y el procedimiento; la ordenanza data de junio del 2017, sin embargo recién se viene aplicando. Por su parte la ordenanza N°590 estipula los tiempos máximos de permanencia de los vehículos en los lugares de estacionamiento, las sanciones en caso de incumplimiento y los procedimientos. Además, debo ser claro en que si se deja constancia expresa que ambas ordenanzas son de aplicación conjunta.
Sin animo de redundar, pero para dejar las cosas claras, por la ordenanza N°585 nos cobrarán parqueo cada 30 minutos; y por la ordenanza N°590 podremos estacionar hasta por tres horas para que nuestro vehículo no sea remolcado por las tristemente célebres grúas municipales. Hasta ahí todo bien, solamente que me quedan dos dudas; la primera es por qué una ordenanza fechada en junio del 2017 y que supuestamente debería cumplirse a partir del día siguiente de su publicación recién se empieza a cumplir un año después; la segunda es respecto a la aplicación de la ordenanza que regula el uso y permanencia en los espacios de estacionamiento de San Borja, por la extensión de esta duda, la plasmaré en el párrafo siguiente.
La Ordenanza N°590-2017-MSB señala en su artículo sétimo que una vez estacionado el vehículo, el inspector de tránsito entregará al usuario -es decir, al conductor- un documento de registro donde se señale la fecha, hora de inicio y final del periodo permitido. Vivo en San Borja, diariamente me estaciono en una zona de parqueo regulada y nunca me han alcanzado documento alguno. Soy un firme creyente que la justicia consiste en darle a cada quien lo que le corresponde al amparo del marco legal vigente; entonces ha surgido una interrogante en mi cabeza, ¿si la Municipalidad de San Borja no cumple con el formalismo de entregarnos el bendito documento, cómo podríamos reclamar en caso de tener una duda respecto al horario?
Existen muchos casos de personas que manifiestan que sus vehículos fueron remolcados a pesar de haberlos dejado estacionados por menos de tres horas, sin embargo al no existir un documento probatorio -y la lista que hacen los inspectores no lo es- pagan la multa para liberar sus autos cuanto antes. Hay muchas denuncias en redes sociales acerca de los abusos cometidos por la Gerencia de Transporte de San Borja y existe un malestar creciente entre los sanborjinos respecto a la forma como operan las grúas municipales. La Municipalidad en lugar de tomar cartas en el asunto y clarificar el panorama ahora instaura un pago adicional; y al hacerlo con personal poco capacitado, solo da la impresión de que -una vez más- nos quieren meter la mano al bolsillo.
Urge que las autoridades regulen estas ordenanzas y emitan un pronunciamiento oficial acerca del verdadero procedimiento, la información es un derecho fundamental que todos tenemos; dejar las cosas así como están solo hará que se levanten suspicacias y sospechas acerca que en nuestra comuna solo “quieren hacer caja chica”.
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