En un país donde la cortesía y la caballerosidad han perdido la batalla contra el abuso y el atropello; se hacía necesaria una ley para que exista atención preferente en lugares de atención al público. Nuestros legisladores nos entregaron entonces una ley que brinda facilidades a nuestros hermanos menos favorecidos, buscando que sus tiempos de espera sean menores y su atención se optimice.
Lamentablemente esta ley es muy genérica, dejando muchos vacíos e interrogantes que quedan flotando; queda en evidencia que se trata de una norma dictada con fines efectistas y populistas pero sin asumir riesgos. La prueba fehaciente de ello es que, a la fecha, no existe un reglamento claro sobre los alcances de esta disposición; de hecho ni siquiera queda abierto el camino a ello pues se indica que son las propias instituciones las que deben implementar las medidas para garantizar el cumplimiento de la ley.
Al darle a las empresas la libertad de emitir sus propias directivas, se dio pie a que la gran mayoría sientan que con asignar una ventanilla de atención preferencial y colocar un simpático letrero ya están cumpliendo con los beneficiarios de la legislación. Pero el dejar todo en términos tan generales también ha dado pie a que un grosero grupo de personas hagan abuso de la normativa.
No es extraño ver en una cola preferencial a señoras de unos 50 años, de esas que asisten muy maquilladas al gimnasio y no dudan ni un instante en coquetear -y si se puede toquetear mejor- a los instructores, esperando ser atendidas antes que un individuo en silla de ruedas; tampoco es raro ver señores en sus 60 abriles, de esos que fuman como chimeneas y no les duele nada al piropear a cuánta fémina que se cruce en su camino, renegando porque la cola no avanza por culpa de la lentitud y parsimonia de una anciana de 90 años; no es inusual ver señoras con sus hijos de 12 años esperando ser atendidas antes que otras que están embarazadas de 8 meses y contando.
En el Perú existen personas que interrumpen el juego de sus hijos y los llevan “de paseo” al banco; hay individuos que prefieren mandar a sus abuelitos a pagar las cuentas; encontramos empresas que contratan personal con más de 65 años para que realicen gestiones bancarias y en instituciones públicas; todo esto con la finalidad de ganar tiempo.
En resumidas cuentas, al no existir una mínima razonabilidad ni el más ínfimo criterio de urgencia en esta norma; no dudamos en aprovecharnos de ella. ¡Que diablos nos importan los demás y sus problemas! A nosotros que nos atiendan primero y si no es así, ponemos el grito en el cielo y exigimos el libro de reclamaciones.
Después de todo, y aunque las situaciones mencionadas denotan un marcado abuso de derecho, la ley las ampara. Y es que los peruanos somos así: hecha la ley, hecha la trampa.
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